Las cuestiones laborales relacionadas con las vacaciones se disparan durante los meses de verano. Preguntas como si la empresa puede imponer las vacaciones de trabajo es una de las más habituales. Pero otra que suelen realizar los empleados es saber si se puede trabajar en otra empresa mientras estás de vacaciones en la tuya. En este artículo tratamos todos los puntos necesarios para dar solución a esta pregunta y lo que dice la normativa al respecto.
El derecho y la obligación de las vacaciones laborales
Para la mayoría, las vacaciones significan un momento de descanso, reconectar con los demás y desconectar del trabajo. Sin embargo, hay personas que aprovechan este periodo para trabajar y completar así sus ingresos o conseguir algún objetivo. Aquí se abre la pregunta: ¿puedo trabajar para otra empresa durante mis vacaciones?
Todos los trabajadores, tengan el contrato que tengan, generan vacaciones. Por lo tanto, todos tienen el derecho de disfrutarlas, además de la obligación de tenerlas ya que estas vacaciones no pueden ser sustituidas por una compensación económica.
La normativa laboral indica que la duración de las vacaciones es, como mínimo, de 30 días naturales o 22 días laborables en el año. Esto es lo primero que debemos tener claro, si quieres saber más te explicamos cómo calcular las vacaciones que corresponden a un empleado.
¿Es legal trabajar en otra empresa estando de vacaciones?
En 2003, el Tribunal Constitucional permitió que un trabajador prestase servicios para otra empresa durante su periodo de vacaciones. Por lo tanto y en resumidas cuentas, sí, es legal trabajar durante las vacaciones para otra empresa. Esta afirmación tiene varios matices que veremos más adelante, por lo que existen excepciones.
Hay que tener presente que el periodo vacacional en una empresa no significa que se haya acabado o pausado el contrato laboral. Las vacaciones son simplemente una pausa en la prestación de servicios por parte del trabajador.
Por lo tanto, si un empleado trabaja para otra empresa durante sus vacaciones, a esto se le considerará una situación de pluriempleo. Mientras que si el trabajador es autónomo se definiría como pluriactividad, ya que se estaría cotizando tanto en el Régimen General como en el Régimen de Trabajadores por cuenta ajena.
¿Qué excepciones existen para no trabajar durante las vacaciones?
Existen distintos casos que se exponen en el Estatuto de los trabajadores donde esta situación de vacaciones y trabajo iría en contra de la normativa. Uno de estos casos sería si el empleado trabaja para la misma empresa durante sus vacaciones, ya que es una situación contraria a la ley.
Tampoco se podría trabajar para otra empresa durante las vacaciones si existe competencia desleal o se ha acordado un pacto de plena dedicación o no concurrencia. Debido a que, además de estar recogido por el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores, viene indicado por parte del Tribunal Constitucional. En él se expone que se deben respetar los principios de fidelidad de la empresa y el sigilo profesional.
Es importante definir qué se considera competencia desleal para saber si podríamos estar cayendo en este segundo caso. La jurisprudencia aporta tres condiciones para tratarlo de competencia desleal:
- Que la actividad desarrollada en la segunda empresa pertenezca al mismo sector.
- Que el empleado utilice lo aprendido en beneficio propio.
- Que los conocimientos aprendidos puedan causar perjuicio a la empresa.
Qué debe hacer el empleado para trabajar durante las vacaciones
En primer lugar, debemos asegurarnos que no estamos en alguna de las excepciones donde no es posible trabajar durante las vacaciones. Si no, nos estaríamos exponiendo a una serie de consecuencias donde nuestra empresa podría sancionarnos o rescindir de nuestro contrato con un despido disciplinario.
Si vemos que no estamos en ninguna de las excepciones, no hay por el momento otras condiciones que cumplir. No es necesario hacer una comunicación a la empresa donde se trabaja habitualmente, ya que, como avaló el Tribunal Constitucional, cómo definas tus vacaciones pertenece a la esfera personal y no laboral.