Ha entrado en vigor el Real Decreto 901/2020 en el que se regula el plan de igualdad para empresas. Además, la nueva normativa en materia de igualdad retributiva, aprobada en el Real Decreto 902/2020, entrará en vigor a mediados de abril. Ambos planes tienen el objetivo de evitar la discriminación salarial y establecer una igualdad laboral entre hombres y mujeres.
Las empresas deberán asegurarse de conocer y cumplir con dichas normativas, ya que la inspección de trabajo en 2021 se espera ponga el foco en la supervisión de los planes de igualdad. Potenciando las investigaciones para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el mundo laboral.
Obligatoriedad de forma gradual de tener un plan de igualdad
Las empresas que ya cuentan con un plan de igualdad y aquellas que están obligadas a tenerlo por primera vez, deben adaptar sus planes al Real Decreto 901/2020. Teniendo en cuenta también el plazo transitorio para la aprobación según el número de trabajadores, dividido de la siguiente forma:
- Desde el 7 de marzo de 2020, todas las empresas entre 151 y 250 empleados deben tener ya un plan de igualdad.
- A partir del 7 de marzo de 2021, las entidades entre 101 a 150 personas trabajadoras deberán contar con un plan de igualdad.
- El último tramo tiene lugar el 7 de marzo de 2022, donde será obligatorio para tener un plan de igualdad en todas las empresas de 50 trabajadores o más en su plantilla.
Cómo deben realizarse los planes de igualdad
Los planes de igualdad deben ser negociados con la representación legal de los trabajadores. Así se garantiza la eficiencia en su aplicación. Una de las principales novedades es que todas las empresas deberán registrar el plan de igualdad obligatoriamente y de forma telemática. Estos planes serán públicos para que quede reflejado el compromiso de las organizaciones con sus trabajadores en la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.
La necesidad de establecer planes de igualdad para empresas medianas
Establecer un plan de igualdad hasta ahora solo era obligatorio para empresas grandes con más de 250 trabajadores. A partir de ahora y según los plazos, en un año todas las empresas con más de 50 trabajadores estarán obligadas a negociar un plan de igualdad.
Esta expansión de la obligatoriedad del plan de igualdad es muy relevante debido a la estructura empresarial en España. La mayoría de las empresas son pequeñas y medianas, por lo que hasta ahora casi todas las mujeres han estado fuera de los planes de igualdad de sus empresas.
Con esta ampliación, se espera que la lucha por la equiparación de las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres se generalice en las empresas del país.
Obligatoriedad del registro retributivo entre hombres y mujeres
A partir del 14 de abril entra en vigor la normativa 902/2020. Dicha ley regula por primera vez cómo deben ser las auditorías retributivas y la transparencia salarial, con el objetivo de luchar contra la brecha salarial.
El registro retributivo que impone el plan de igualdad, obliga al empresario a llevar un registro con los valores medios de los salarios y complementos salariales. En el registro retributivo debe constar, desagregados por sexos, los salarios de cada uno de los empleados, según su grupo profesional, categoría, nivel o puesto.
¿Quiénes están obligados a establecerlo? Las empresas con 50 trabajadores o más deberán elaborar un registro retributivo y una auditoría retributiva. Esta auditoría estará dividida en dos labores: el diagnóstico de la situación y el plan de actuación.